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Bolsa de alquiler

 

 

El Servicio de Alquiler atiende y gestiona el programa de pisos de propietarios particulares que ceden a Nasuvinsa su arrendamiento, con asesoramiento gratuito y la garantía de puntual cobro mensual de la renta fija estipulada y devolución de la vivienda en buen estado a la finalización del contrato.

 

 

Información

 
 
 
➢ Telefónica: 848-42-06-00
➢ E-mail: bolsaalquiler@nasuvinsa.es
➢ Presencial: Con cita previa.
 

 

Zonas (Admisión de viviendas)

 
 
 

Cualquier Municipio de Navarra.

Será requisito para que NASUVINSA admita la inclusión de una vivienda en la Bolsa de Alquiler, que se encuentre ubicada en un municipio en el que conste al menos alguna persona como demandante de vivienda, inscrita en el Censo de solicitantes de vivienda protegida.

 

GARANTIAS (para el propietario por parte de Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.)

 
 
 

✔ El cobro puntual de la renta.
✔ Devolución de la vivienda a la finalización del contrato en buen estado.
✔ Seguro Multirriesgo del Hogar (Continente) a cuenta de Nasuvinsa.
✔ NASUVINSA abonará los Gastos de Comunidad al propietario hasta un máximo de 50 € mensuales
✔ Certificado de Eficiencia Energética (CEE): tramitación y coste por cuenta de NASUVINSA.
✔ Financiación al 0%, y hasta 22.500 euros, de los gastos necesarios para adecuar la vivienda.
✔ Nasuvinsa se encarga de reparar la vivienda y realiza la gestión de los trámites administrativos.
✔ Subvención equivalente a tres meses de renta de alquiler

 

REQUISITOS

 
 

 

✔ Ser vivienda de tipología LIBRE desocupada, o PROTEGIDA cuando se disponga de autorización administrativa de desocupación.
✔ Disponer de Cedula de Habitabilidad vigente o Calificación Definitiva.  Se recibirán las viviendas con los suministros dados de alta, de acuerdo con las normativas vigentes (agua, luz, gas).
✔ La cocina deberá tener el equipamiento básico exigido. Respecto al resto del mobiliario, si el propietario desea mantenerlo en el interior de la vivienda, será bajo su responsabilidad. Las viviendas deberán estar dotadas preferentemente de ascensor.
✔ La propiedad asumirá la tasa de residuos hasta que NASUVINSA alquile la vivienda.  Contribución (IBI): a cargo del propietario.
✔ Aportar los certificados de instalaciones que se consideren oportunos (gas, fontanería, etc.).
✔ Anular todos los empadronamientos de la vivienda.  Disponer de Seguro de Comunidad.

 

CONDICIONES

 
 

 

✔ Contrato de cesión de vivienda para 7 años y 6 meses.
✔ Se alquilarán las viviendas preferentemente propiedad de personas físicas. Con más de 3 propietari@s, nombrar representante.
✔ Se podrán incorporar a la Bolsa de Alquiler viviendas propiedad de personas jurídicas adquiridas mediante dación en pago de un crédito hipotecario, compraventa con subrogación hipotecaria o negocio jurídico similar, del SAREB y de cualquier Administración Pública.
✔ Salvo excepciones, no se admiten viviendas unifamiliares, ni con más de 4 dormitorios, ni con una superficie útil superior a 110 m2.
✔ Se abonaran como máximo por: Vivienda 90 m2 útiles Garaje Solo se admitirá 1 plaza Trastero 15 m2 útiles .
✔ Si dentro de los 3 primeros meses no se alquila la vivienda, se procederá a la devolución de la misma.
✔ NASUVINSA abonará mensualmente al propietario la renta desde el momento en que se formalice el contrato de arrendamiento con una persona interesada en la vivienda (Art. 77 del DF 61/2013, de 18 de septiembre).

 

PRECIO: CRITERIOS PARA DETERMINAR EL PRECIO DE LA VIVIENDA

 
 
 
 Vivienda: 6 €/m² útil.
 Garaje: 70 €
 Trastero: 2'30 €/m² útiles.

 

Gastos deducibles

 
 

 

✔ Reducción del 70 % del rendimiento neto del importe del arrendamiento del bien inmueble, destinado a alquiler de vivienda en la bolsa de alquiler.
✔ Artículo 25.2 del Texto Refundido de la LF del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
✔ Gastos deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario.
✔ Artículo 12 del Reglamento del IRPF.
✔ Gastos de conservación o reparación. Los efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco, o arreglo de instalaciones. Y los de sustitución de elementos como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad u otros.
✔ Gastos de administración, portería o similares.
✔ Intereses del posible préstamo, seguros, y amortización del coste de adquisición del inmueble.

 

DOCUMENTACIÓN PARA INICIAR EL PROCESO (ES NECESARIO CONCERTAR CITA)

 
 

▭ FOTOCOPIA DEL D.N.I. VIGENTE DE L@S PROPIETARI@S.
▭ SI TIENEN PODER NOTARIAL, FOTOCOPIA DEL MISMO Y DEL D.N.I. VIGENTE DEL APODERAD@.
▭ FOTOCOPIA DEL NÚMERO DE CUENTA BANCARIA (IBAN + BIC) EN EL QUE FIGUREN LOS TITULARES.
▭ FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE HABITABILIDAD EN VIGOR (VIVIENDA LIBRE).
▭ FOTOCOPIA EXPEDIENTE CALIFICACIÓN DEFINITIVA (VIVIENDA PROTEGIDA).
▭ AUTORIZACIÓN DESOCUPACIÓN DE LA VIVIENDA PROTEGIDA PARA LA BOLSA DE ALQUILER. LA TRAMITA NASUVINSA.
▭ NOTA SIMPLE DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD ACTUALIZADA.
▭ CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO NEGATIVO.
▭ GASTOS DE COMUNIDAD: RECIBO JUSTIFICANDO EL IMPORTE MENSUAL O CERTIFICADO DEL ADMINISTRADOR.
▭ CALEFACCIÓN Y/O ACS CENTRAL: CERTIFICADO EXPEDIDO POR ADMINISTRADOR DEL INMUEBLE QUE CONSTE IMPORTE MENSUAL.
▭ ÚLTIMA FACTURA DE SUMINISTROS (LUZ, AGUA Y GAS).
▭ 2 JUEGOS DE LLAVES COMPLETOS.
▭ FINANCIACIÓN ADECUACIÓN VIVIENDA.

 

DOCUMENTACIÓN POSTERIOR AL INVENTARIO

 
 

 

CERTIFICADO DE FONTANERÍA, ESPECIFICANDO QUE ESTÁ EN BUEN ESTADO (PLANTILLA).
▭ CERTIFICADO DE INSTALACIÓN DE GAS CUMPLIENDO LA NORMATIVA VIGENTE / 3 ORIGINALES.
▭ BOLETÍN ELÉCTRICO CONFORME AL REBT-02 (RD 842/2002, DE 2 DE AGOSTO Y PUBLICADO EN EL BOE EL 19/09/02), VISADO POR EL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA, INDUSTRIA Y EMPLEO.
▭ CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA VIVIENDA SUSCRITO POR TÉCNICO HABILITADO Y TRAMITADO EN EL REGISTRO DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS (RD 235/2013, DE 5 DE ABRIL). A CARGO DE NASUVINSA.
▭ CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL EDIFICIO

 

 

FIRMA CONTRATO

 
 


▭ BAJA DE LOS SUMINISTROS (LUZ, AGUA, GAS).